Borrador Proyecto RD justificación y optimización

Moderador: Víctor González

sefmbeamateo
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Borrador Proyecto RD justificación y optimización

Mensajepor sefmbeamateo » 06 Mar 2018, 22:51

El pasado 23 de febrero se publicó en la web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, el “Proyecto de Real Decreto sobre justificación y optimización del uso de las radiaciones ionizantes para la protección radiológica de las personas con ocasión de exposiciones médicas”. Esta norma incorporará parcialmente al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/59/Euratom del Consejo, de 5 de diciembre de 2013, por la que se establecen normas de seguridad básicas para la protección contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes.

El texto del borrador está disponible en el siguiente enlace http://www.msssi.gob.es/normativa/audiencia/home.htm, así como su memoria de análisis de impacto normativo, para llevar a efecto el correspondiente trámite de información pública y que se puedan emitir cuantas observaciones se consideren oportunas.

Cualquier comentario que se desee formular por parte de los socios de la SEFM, se canalizarán por medio de este foro y se tramitarán como respuesta a este proyecto antes del sábado 10 de marzo de 2018.
sefmjvilar
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Re: Borrador Proyecto RD justificación y optimización

Mensajepor sefmjvilar » 12 Mar 2018, 19:38

Hola,

Le he dado un vistazo rápido y se me ocurren dos comentarios menores:

En el artículo 6.4 dice

4. En caso de procedimientos diagnósticos o terapéuticos que utilicen radiaciones ionizantes que afecten a la región pélvicoabdominal será preceptiva la estimación de la dosis en útero, que constará en un informe dosimétrico anexo al informe del procedimiento.

Supongo que se refiere o bien a mujeres embarazadas, cuya exposición a RRII haya sido previamente justificada, o bien a mujeres en edad de procrear que no puedan estar seguras de si están o no embarazadas y para las que la exposición también se justifique previamente. Pero el texto da lugar a la posible interpretación de que "la estimación de la dosis en útero" deba hacerse para TODAS las pacientes. Si mi interpretación es correcta, yo lo modificaría en esta línea:

4. En caso de procedimientos diagnósticos o terapéuticos que utilicen radiaciones ionizantes que afecten a la región pélvicoabdominal ¿y en los que el embarazo no pueda excluirse? será preceptiva la estimación de la dosis en útero, que constará en un informe dosimétrico anexo al informe del procedimiento.

El segundo comentario es sobre el siguiente artículo, el 7.1

1. La protección radiológica de las personas sometidas a exposiciones médicas se optimizará con el objetivo de mantener las dosis individuales lo más bajas que sea razonablemente posible y será coherente con la finalidad médica de la exposición.

La palabra "será", tal y como está escrito, no implica nada, porque el sujeto de la frase es "La protección radiológica". Este artículo transpone el artículo 5.b de la Directiva, que reza (énfasis mío):

b) Optimización: La protección radiológica de personas sometidas a exposición poblacional u ocupacional se optimizará con el objetivo de mantener la magnitud de las dosis individuales, la probabilidad de la exposición y el número de personas expuestas lo más bajos que sea razonablemente posible teniendo en cuenta el estado actual de los conocimientos técnicos y factores económicos y sociales. La optimización de la protección de personas sometidas a exposiciones médicas se aplicará a la magnitud de las dosis individuales y será coherente con la finalidad médica de la exposición, tal como se describe en el artículo 56. Este principio se aplicará no solo en cuanto a la dosis efectiva sino también, cuando proceda, en cuanto a las dosis equivalentes, como medida de precaución para tener en cuenta las incertidumbres en lo que se refiere a la existencia de perjuicios para la salud por debajo del umbral en que se producen reacciones tisulares.

Es decir, el sujeto que "será coherente con la finalidad médica de la exposición" es "la optimización". Yo propondría como texto nuevo

1. La protección radiológica de las personas sometidas a exposiciones médicas se optimizará con el objetivo de mantener las dosis individuales lo más bajas que sea razonablemente posible. Dicha optimización será coherente con la finalidad médica de la exposición.

Un saludo,

Jorge Vilar
Centro Nacional de Dosimetría
sefmbeamateo
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Re: Borrador Proyecto RD justificación y optimización

Mensajepor sefmbeamateo » 20 Mar 2018, 13:56

Para vuestro conocimiento, dejamos aquí el enlace del documento con las alegaciones al "Real Decreto sobre justificación y optimización del uso de las radiaciones ionizantes para la protección radiológica de las personas con ocasión de exposiciones médicas" que ha entregado la SEFM al Ministerio:

http://sefm.es/wp-content/uploads/2018/ ... I-SEFM.pdf
sefmjlopezt
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Re: Borrador Proyecto RD justificación y optimización

Mensajepor sefmjlopezt » 28 Mar 2018, 14:26

[quote=sefmbeamateo post_id=1702 time=1521550565 user_id=164]
Para vuestro conocimiento, dejamos aquí el enlace del documento con las alegaciones al "Real Decreto sobre justificación y optimización del uso de las radiaciones ionizantes para la protección radiológica de las personas con ocasión de exposiciones médicas" que ha entregado la SEFM al Ministerio:

http://sefm.es/wp-content/uploads/2018/ ... I-SEFM.pdf
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Mis felicitaciones por el trabajo exhaustivo que aparece en este documento de alegaciones. Como reflexión me sumo al párrafo final en el que se señala que se deberán dotar las administraciones públicas para que se pueda cumplir la norma. Parece paradójico que se diga que no habrá impacto económico (aparece la misma frase en el mismo lugar del proyecto de RD de protección sanitaria) cuando luego se necesita equipo y personal nuevo para cumplir los nuevos requisitos técnicos y de medida. Habrá que seguir atentos a este respecto con los nuevos proyectos que se avecinan.

Un saludo,


Juan López

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